Regl. 6061, art. C dup9
Agotamiento del Remedio Administrativo
Length: 99 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6061, Art. C dup9
Es obligatorio para el solicitante o beneficiario agotar el remedio administrativo aquí
dispuesto mediante la radicación de cualquier solicitud de revisión que, conforme a este
Reglamento, entienda que debe presentar.
Artículo D: Procedimiento Único
El procedimiento administrativo para el que provee esta Sección es el único al que puede
recurrir el interesado en la presentación y procesamiento de la solicitud de revisión.
Artículo E: Obligación del Solicitante o Beneficiario Durante el Proceso de Revisión
Durante la presentación y tramitación de la solicitud de revisión, no se suspende la obligación
del solicitante o beneficiario de continuar pagando la factura notificada.