Regl. 6070, art. 2 dup6
Promoción de Planes de Cuentas Rotativas
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Cite as Reglamento Núm. 6070, Art. 2 dup6
El material promocional de planes de cuentas rotativas, que no constituya una
solicitud, solicitación o renovación de una tarjeta de crédito ya expedida, según
dichos términos se definen en la legislación federal conocida como el "Truth in
Lending Act" (15 U.S.C.A. Sec. 1601 et seq.) y el Reglamento Z, adoptado al amparo
de la misma, según sean enmendados de tiempo en tiempo, no podrá establecer
ninguno de los términos específicos del plan a menos que también incluya lo
siguiente:
A.
La tasa de interés anual. Si es variable deberá expresar tal hecho y la o
las fórmulas aplicables para determinar la tasa.
B.
Todo cargo aplicable y el monto de los mismos.
C.
En el caso de que puedan utilizarse tasas periódicas para computar el
cargo por financiamiento, se expresarán las tasas periódicas como
tasas de por ciento anual.
D.
Cualquier cargo por membresía o participación (cuota).
E.
Fecha de expiración y duración de toda tasa temporera u oferta
introductoria y toda tasa subsiguiente.
F.
La existencia o no de un período de gracia.
Toda tasa de interés será expresada en el mismo tamaño de letra y con igual
prominencia.
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PARTE IV - SEGUROS