Regl. 6070, art. 8 dup2

Saldo por Adelantado en Contratos de Ventas al por Menor a Plazos

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Cite as Reglamento Núm. 6070, Art. 8 dup2

A. Saldo por adelantado será el pago total de la deuda antes de su vencimiento. 8 B. No se prohibirán los abonos al principal ni los saldos por adelantado. C. No se cobrarán intereses sobre la porción del principal pagado por adelantado. En estos casos se cancelará el balance del principal adeudado en la fecha del pago y cualquier otro balance para cubrir cargos o intereses devengados a esa fecha. D. En caso de existir algún seguro, se reembolsarán las primas no devengadas. E. Se prohibe el uso del método de reembolso conocido como Regla 78. F. No se cobrará penalidad por prepago.
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