Regl. 6073, art. 5 dup3
Destino de Fondos Generados por Derechos
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Cite as Reglamento Núm. 6073, Art. 5 dup3
Los fondos que se generen por concepto de los derechos
establecidos en este CapÃtulo, ingresarán al Fondo de Salud y
serán colocados en una cuenta separada para uso exclusivo de la
Junta Examinadora de Doctores en NaturopatÃa.
CAPITULO III- DISPOSICIONES SOBRE EXAMEN DE REVALIDA PARA
DOCTORES EN NATUROPATIA Y REQUISITOS DE ADMISION PARA
EJERCER LA PROFESION