Regl. 6078, art. 15-15.2
En lugar del informe de situación financiera requerido
Cite as Reglamento Núm. 6078, Art. 15-15.2
por la sección 15.1. de este artículo, una persona que conste
inscrita como corredor-traficante bajo la Ley Federal de 1934,
radicará ante el Comisionado una copia del informe financiero anual
requeridos bajo dicha ley federal.