Regl. 6078, art. 23 dup2

Reglamento de la Ley Uniforme de Valores de Puerto Rico. Transferido a COSSEC por virtud de la Ley 114 de 17 de agosto de 2001.

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Cite as Reglamento Núm. 6078, Art. 23 dup2

INFORMES SOBRE PRECIOS DE CIERTOS VALORES ORIGINADOS EN PUERTO RICO. El Comisionado, mediante carta circular a tales efectos y luego de la debida consulta con representantes de la industria, podrá establecer, consistente con la ley federal, un sistema para la remisión de información en relación con los valores originados en Puerto Rico que no son traficados en una bolsa nacional de valores, para los cuales no existe cotizaciones regulares de precios en un sistema reconocido de cotizaciones O cuando la información detallada y al día sobre tales valores no está disponible de manera general al público. El propósito de este sistema será proveer transparencia de mercado para el público en general en relación con estos tipos de valores.
Regl. 6078, art. 23 dup2: Reglamento de la Ley Uniforme de Valores de Puerto Rico. Transferido a COSSEC por virtud de la Ley 114 de 17 de agosto de 2001. | Justis AI