Regl. 6078, art. 25-25.7

En relación con los representantes de asesores de

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Cite as Reglamento Núm. 6078, Art. 25-25.7

inversiones y los representantes de asesores bajo cubierta federal, en adición a lo dispuesto en la sección 25.3., arriba, cualquiera de los siguientes actos, entre otros, constituyen prácticas deshonestas o anti-éticas: 25.7.1. Cuando el asesor de inversiones está concurrentemente inscrito como representante de asesor de inversiones y como agente de un emisor, o como representante de asesor de inversiones y como agente de un corredor-traficante, dejar de cumplir con los deberes que el artículo 12 de este reglamento impone a los asesores de inversiones; 25.7.2. Dejar de divulgar por escrito al cliente, antes de prestar cualquier asesoría, cualquier conflicto de intereses relacionado con el representante del asesor de inversiones que pueda razonablemente esperarse que limitaría el ofrecimiento de una asesoría imparcial; y 25.7.3. Llevar a cabo cualquiera de las prácticas especificadas en las sub-secciones 25.6.1. a la 25.6.4., inclusive, y la subsección 25.6.6., arriba.
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