Regl. 2342, art. 1915.33
SOLDADURA, CORTE Y CALENTAMIENTO
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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1915.33
CON UN REVESTIMIENTO PERSERVATIVO
(a) Antes de comenzar soldadura, corte O calentamiento sobre cualquier superficie cubierta con revestimiento preservativo cuya
inflamabilidad no se conace, se deberá hacer una prueba por una
persona competente para su inflamabilidad.
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1915.33 (a)
Seguridad y Salud en el Trabajo
1915.33 (a)
Normas e Interpretaciones
Los revestimientos preservativos se deberán considerar como altamente
inflamables cuando las raspaduras se queman con rapidez extrema.
(b) Se deberán tomar precuaciones para evitar la ignición de
revestimientos perservativos endurecidos, altamente inflamables.
Cuando se determina que el revestimiento es altamente inflamable,
se sacarán del área que se vaya a calentar para evitar la ignición.
Se deberá proveer para uso inmediato en la vecindad una manga contra
fuego de 1 1/2 pulgadas O más con boquilla para niebla, la cual
se ha desenrollado y puesto bajo presión, que al mismo tiempo evite
el congelamiento de la manga.
(c) Protección contra revestimiento preservativo tóxico.
(1) En espacios cerrados se deberá quitar los revestimientos
tóxicos de todas las superficies cubiertas con revestimientos
preservativos tóxicos en una distancia de no menos de 4 pulgadas
del área de la aplicación de calor, O los empleados deberán estar
protegidos con equipo de respiración con manga de aire, los cuales
cumplan con los requisitos de la $1915.82 (a)
(2) Al aire libre, los empleados deberán estar protegidos por un
equipo de respiración con filtros de acuerdo con los requisitos
de la $1915.82 (a) y (d).
(d) Antes de comenzar la soldadura, corte O calentamiento en
espacios cerrados sobre metales revestidos de preservativos suaves
y grasientos, se deberán tomar las siguientes precauciones:
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Normas e Interpretaciones
(1) Una persona competente deberá comprobar si la atmósfera en el
espacio no contiene vapores explosivos, ya que existe la posibilidad que algún perservativo suave y grasiento pueda tener el punto
de inflamación por debajo de las temperaturas a que ocurran
normalmente. Si se determina que tales vapores están presentes,
no se deberá comenzar trabajo en caliente hasta que se tomen
precauciones para asegurar que la soldadura, corte o el calentamiento se pueda realizar con seguridad.
(2) Los revestimientos preservativos deberán ser removidos a
una distancia suficiente del área a calentarse para asegurarse de
que la temperatura del metal sin revestimiento no subirá considerablemente. El enfriar artificialmente el metal alrededor del
área caliente puede usarse para limitar el tamaño del área a ser
limpiado. Deberá aplicarse la prohibición incluÃda en la
$1915.23 (b) (2)
(e) Inmediatamente después de comenzar la soldadura, corte o
calentamiento en espacios cerrados sobre metal revestido por
preservativos suaves y grasientos,y a intervalos frecuentes de ahÃ
en adelante, una persona competente deberá hacer pruebas para
asegurarse de que los revestimientos no despiden vapores inflamables. Si se determina que hay tales vapores, la operación se
detendrá inmediatamente y no se comenzará de nuevo hasta que se
tomen precauciones adicionales para asegurar que la operación puede
reanudarse con seguridad.
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Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
1915.34 - SOLDADURA, CORTE y CALENTAMIENTO DE RECIPIENTES o
ESTRUCTURAS HUECOS DE METAL NO INCLUIDAS EN LA $1915.11
(a) Si los bidones, recipientes o estructuras huecos han contenido
substancias inflamables antes de la soldadura, corte o el calentamiento,
deberán, 0 ser llenados con agua o ser limpiados minuciosamente de
tales substancias, ventilados y probados.
(b) Antes de aplicar calor al bidón, recipiente o estructura huecos,
se hará un respiradero o una abertura en él para proveer un escape
para la presión que se haya acumulado dentro durante la aplicación
de calor.
(c) Antes de comenzar soldadura, corte, calentamiento o soldadura
dura en vacÃcs estructurales tales como talones de quilla, quillas
de balance, sombreretes, mástiles, aguilones, puntales, puntales
de tubos O barandas, una persona competente deberá inspeccionar el
objeto y, si es necesario, probarlo para ver si hay lÃquidos o
vapores inflamables. Si hay lÃquidos O vapores inflamables, el
objeto se deberá volver seguro.
(d) Los objetos, tales como los de la lista del párrafo (c) de
esta sección, deberán ser inspeccionados también para determinar
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1915.34 (d)
1915.34 (d)
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Normas e Interpretaciones
si hay agua u otros lÃquidos no inflamables los cuales, cuando se
calienten, subirÃan la presión en exceso. Si se determina que tales
lÃquidos están presentes, el objeto será ventilado, enfriado, O de
otra forma hecho seguro durante la aplicación de calor.
(e) Los recipientes revestidos se deberán ventilar antes de y durante
la soldadura, corte O el calentamiento para liberar cualquier presión
que pueda existir durante la aplicación de calor.