Regl. 6078, art. 47-47.1

Reglamento de la Ley Uniforme de Valores de Puerto Rico. Transferido a COSSEC por virtud de la Ley 114 de 17 de agosto de 2001.

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Cite as Reglamento Núm. 6078, Art. 47-47.1

Las transacciones de un emisor que envuelvan la oferta o venta de valores de dicho emisor incluidos en los listados del "ACE-NET", estarán exentas del requisito de inscripción bajo el Artículo 301 de la Ley, si se realizan de acuerdo a las disposiciones de este artículo y, en adición, si el emisor radica ante el Comisionado una solicitud a tales efectos junto con el consentimiento a ser emplazado requerido por el artículo 414 (g) de la Ley, y si se incluyen los derechos pagaderos especificados en el artículo 305 de la Ley.
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