Regl. 6078, art. 6-6.3
Reglamento de la Ley Uniforme de Valores de Puerto Rico. Transferido a COSSEC por virtud de la Ley 114 de 17 de agosto de 2001.
Cite as Reglamento Núm. 6078, Art. 6-6.3
Solicitud para renovación de inscripción de corredorestraficantes.
6.3.1.
Todo corredor-traficante renovará anualmente su inscripción en
Puerto Rico a través del Sistema CRD.
6.3.2.
Los derechos a pagar para la renovación de inscripción como
corredor-traficante serán quinientos dólares ($500)
6.3.3.
Para considerarse completa, la radicación incluirá todos los
documentos requeridos por la forma apropiada para la
renovación de inscripción, incluyendo una certificación de
cumplimiento con la sección 1157 del Código de Rentas Internas
de Puerto Rico.