Regl. 6078, art. 6-6.4
Reglamento de la Ley Uniforme de Valores de Puerto Rico. Transferido a COSSEC por virtud de la Ley 114 de 17 de agosto de 2001.
Cite as Reglamento Núm. 6078, Art. 6-6.4
Solicitudes para enmiendas O transferencias de
inscripción de corredores-traficantes.
6.4.1.
Las solicitudes para las enmiendas o transferencias de la
inscripción de corredores-traficantes serán aceptadas a través
del Sistema CRD.
6.4.2.
Para considerarse completa, la radicación incluirá todos los
documentos requeridos por la forma apropiada para la
renovación de inscripción.
8