Regl. 6078, art. 6-6.4

Reglamento de la Ley Uniforme de Valores de Puerto Rico. Transferido a COSSEC por virtud de la Ley 114 de 17 de agosto de 2001.

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Cite as Reglamento Núm. 6078, Art. 6-6.4

Solicitudes para enmiendas O transferencias de inscripción de corredores-traficantes. 6.4.1. Las solicitudes para las enmiendas o transferencias de la inscripción de corredores-traficantes serán aceptadas a través del Sistema CRD. 6.4.2. Para considerarse completa, la radicación incluirá todos los documentos requeridos por la forma apropiada para la renovación de inscripción. 8
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