Regl. 6082, art. 11
Regl. 6082, art. 11
Length: 74 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6082, Art. 11
DOCUMENTOS CONFIDENCIALES
Si se solicita copia de un documento que esté clasificado como de naturaleza
confidencial, por lo que no pueda entregársele copia al solicitante, así se le informará por
escrito.
Cuando en cualquier expediente obren publicaciones, estudios o documentos con
derechos de autor no se reproducirán los mismos en todo o en parte, a menos que se
cumpla con las pautas establecidas en las leyes vigentes de protección de los derechos
de autor.