Regl. 6082, art. 3

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Cite as Reglamento Núm. 6082, Art. 3

PROPÓSITO Este reglamento tiene el propósito de establecer el procedimiento para que la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos pueda cobrar los derechos correspondientes por la reproducción de publicaciones, documentos, expedientes, grabaciones, discos, fotos, cualquier otro material o modo de reproducción. Esto con el fin de recuperar los costos incurridos en la preparación, producción, impresión, reproducción y distribución de dichas copias.
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