Regl. 6083, art. 2

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Cite as Reglamento Núm. 6083, Art. 2

PROPÓSITO Este Reglamento se emite con el propósito de establecer las normas a seguir por la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos, en adelante la Oficina, para la contratación de servicios profesionales y consultivos.
Regl. 6083, art. 2 | Justis AI