Regl. 6083, art. 3

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Cite as Reglamento Núm. 6083, Art. 3

DEFICINICIONES 1. Servicios Profesionales y Consultivos Aquellos servicios donde la prestación principal consiste del producto de la labor intelectual, creativa o artística o el manejo de destrezas altamente técnicas y especializadas. 2. Contrato Convenio mediante el que una o varias personas naturales o jurídicas se obligan al cumplimiento de un servicio u obra por medio de un documento que lo acredite. 3. Año Fiscal Período comprendido entre el 1 de julio de cualquier año natural y el 30 de junio del año natural siguiente, ambos inclusive. 4. Fondos Suma de dinero u otros recursos separados con el propósito de llevar a cabo una actividad especifica o lograr ciertos objetivos de acuerdo con las leyes, reglamentos, restricciones o limitaciones especiales y que constituyen una entidad fiscal y de contabilidad independiente. 5. Dispensa Excepción hecha con autoridad de ley por algún organismo gubernamental a favor de alguien, de lo ordenado o prohibido por ley o reglamento por motivo de consideración especial.
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