Regl. 6084, art. 1-4
Regl. 6084, art. 1-4
Length: 721 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6084, Art. 1-4
DEFINICIONES
Para propósitos de este Reglamento, los siguientes términos tendrán los significados
que se expresan a continuación:
a. Artículo: Cualquier mercancía adquirida o que se esté por adquirir.
b. Compra: Medio de adquirir un conjunto de bienes, obras o servicios a cambio
de un pago en dinero.
C. Compra por Cotización Escrita: Compra en que el importe total fluctúe entre
$501 y $24,999. En estos casos se requiere que todas ofertas recibidas sean
por escrito.
d. Compra por Cotización Verbal: Compra en que el importe total no exceda
$500. Se tramita por visita personal o a través de llamada telefónica.
e. Compra por Subasta Formal: Compra en exceso de $25,000 cuya
adjudicación a determinado postor la aprueba la Junta de Subastas.
f. Oficina: Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos.
g. Áreas: Las unidades de trabajo en que están divididas las operaciones de la
Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos.
h. Emergencia: Necesidades inesperadas e imprevistas causadas por
calamidades fuera del alcance humano, en las que se requiere acción
inmediata. Ello por alguna de las siguientes razones: (1) estar en peligro de
vida O la salud de una o más personas, (2) estar en peligro de dañarse o
perderse la propiedad pública, (3) estar en peligro de suspenderse o
afectarse adversamente el funcionamiento de la Oficina. También se
entenderá por emergencia aquella situación en donde, sin mediar
negligencia, olvido o dilación administrativa, la vigencia de los fondos pueda
caducar. Además, que toda oportunidad para adquirir los suministros o
servicios deseados pueda perderse, afectando adversamente al buen
funcionamiento de la Oficina, y que el Procurador así lo señale, (4) cualquier
otra situación que el Procurador determine y (5) declarada como tal por el
Gobernador. Necesidades inmediatas surgidas como consecuencia de
dilación u olvido administrativo, no se considerarán de emergencia.
i. Equipo: Todos los bienes muebles que tiene vida útil de por los menos dos
(2) años y que puedan usarse repetidamente, sin cambiar de naturaleza 0
consumirse. Por lo general tiene un costo de unidad que excede de $100.00.
j. Especificaciones: Conjunto de características primordiales del equipo,
servicios no profesionales señalados como referencia para cada partida de
una subasta, así como las características físicas, funcionales, estéticas y de
calidad con que se describe el tipo de materiales y suministros que se
requiere.
k. Fianza de Ejecución ("Performance Bond"): La garantía que se le requiere a
un licitador para garantizar el cumplimiento del contrato u orden de compra.
Las mismas deben ser prestadas por compañías de seguros autorizadas a
hacer negocios en Puerto Rico por la Oficina del Comisionado de Seguros
(OCS).
I. Garantía de Licitación ("Bid Bond"): Respaldo provisional que tiene que
presentar el licitador con el propósito de asegurar que habrá de sostener su
oferta durante todo el procedimiento de la subasta. Las mismas deben ser
presentadas por compañías de seguros autorizadas a hacer negocios en
Puerto Rico por la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS).
m. Materiales: Conjunto de artículos necesarios para el desempeño de un
servicio o para la realización de una obra. Su vida útil generalmente no
excede de dos años y al usarse puede cambiar de naturaleza O consumirse.
El costo de la unidad generalmente no excede de $100.00.
n. Oficial de Compras: Oficial de la Oficina facultado para efectuar las compras.
O. Oficina: Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos
p. Servicios No Profesionales: Aquellos servicios que son prestados por
personas que no tienen conocimientos o habilidades especializadas, o que
no es necesaria la intervención directa de una persona natural o jurídica para
realización.
q. Subasta Formal: Procedimiento de compra en exceso de $25,000 en el que
se requiere el envío o la entrega a los posibles licitadores de invitaciones a
subastas, escrita, con los detalles de los términos y condiciones de la
transacción a realizarse, con indicación del día y la hora en que se vence el
período para recibir ofertas. En dicho procedimiento también se requiere el
envío de las ofertas en sobres sellados y la apertura y lectura de las ofertas
recibidas en el día y la hora previamente indicados, ante los licitadores
presentes. La adjudicación la aprueba la Junta de Subastas.
r. Subasta Informal: Procedimiento de compras en el que el importe total no
exceda de $24,999 en el que se requiere solicitud de precios en mercado
abierto.