Regl. 6085, art. 4.37

Servicios de intervención temprana- aquellos servicios que se le

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Cite as Reglamento Núm. 6085, Art. 4.37

proveen a los infantes y trotones para atender las necesidades de desarrollo de éstos niños y de su familia 4.38 Tutor- significa aquella persona a quien un Tribunal competente ha otorgado la administración de los bienes de una persona declarada incapaz según se define en el Código Civil de Puerto Rico. 4.39 Vista Administrativa- procedimiento cuasi-judicial en el cual un Oficial Examinador recibe toda la prueba documental y testifical que formará parte del expediente y será utilizado para el informe.
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