Regl. 6087, art. 14-10

Procedimientos a seguir en caso de convicción por violación a

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Cite as Reglamento Núm. 6087, Art. 14-10

las disposiciones de este Reglamento a. Estudiantes Todo estudiante que sea hallado culpable o se declare culpable, ante un Tribunal de Justicia, de una violación a las disposiciones de este Reglamento, ocurrida dentro de los predios universitarios o en una actividad auspiciada por la Universidad, deberá notificarlo por escrito al Decanato de Estudiantes de su unidad institucional dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la lectura de sentencia. b. Empleados Todo empleado que sea hallado culpable o se declare culpable, ante un Tribunal de Justicia, de una violación a las disposiciones de este Reglamento, ocurrida dentro de los predios universitarios o en una actividad auspiciada por la Universidad, deberá notificarlo por escrito al Decanato de Administración de su unidad institucional dentro de cinco días siguientes a la fecha de la lectura de sentencia. c. Deber de la Universidad Luego de recibir la notificación a la que se refiere este Artículo, o si de otra forma adquiere conocimiento oficial de la condena penal, la Universidad decidirá dentro de los próximos diez (10) días naturales si el estudiante o empleado es de aquellos sobre los que la reglamentación federal impone a la Universidad la obligación de notificar dicha condena a alguna agencia federal. 5 CERTIFICACION NUMERO 033 1999-2000 La Universidad comenzará el procedimiento con la evaluación de cada caso y someterá el mismo a un plan de tratamiento o rehabilitación antes del procedimiento disciplinario aplicable, requerido por el Reglamento General de Estudiantes o por el Reglamento General de la Universidad, dentro de los treinta (30) días naturales contados a partir del recibo de la notificación a la que se refiere este Artículo, o desde que la Universidad adquiera conocimiento oficial de la condena penal. A tales efectos, la institución establecerá y pondrá en marcha un programa de rehabilitación y consejería para estos individuos.
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