Regl. 6087, art. 14-14

Vigencia

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Cite as Reglamento Núm. 6087, Art. 14-14

Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado conforme a lo dispuesto en la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, según enmendada. rio 9 DEBTO JUNTA DE SÍNDICOS THE 1901 SEE UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO CERTIFICACION NUMERO 033 1999-2000 Yo, Angel A. Cintrón Rivera, Miembro y Secretario de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, CERTIFICO: Que la Junta de Síndicos, en su reunión ordinaria del 16 de octubre de 1999, previa recomendación de la Junta Universitaria, contenida en su Certificación Número 75 (1997-98), y del Comité de Ley y Reglamento, aprobó el siguiente: Reglamento de la Universidad de Puerto Rico sobre el Uso Ilícito de Drogas, Sustancias Controladas y Abuso de Alcohol Y PARA QUE ASI CONSTE, expido la presente Certificación, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 18 de octubre de 1999. rio SINDINGS DE THIT DELA UNIVERSIDA R GONE ALL PUERTO DE angel a. M.D.J. Angel A. Cintrón Rivera, Miembro y Secretario CERTIFICO: Que este documento es copia fiel y exacta del original que se encuentra en los archivos de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico. 1993 En San Juan, Puerto Rico, hoy 19 de enero del 2000. Manasés Lopez Gémez Secretario Ejecutivo PO Box 23400, SAN JUAN, PUERTO RICO 00931-3400
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