Regl. 6087, art. 14-14
Vigencia
Cite as Reglamento Núm. 6087, Art. 14-14
Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su
radicación en el Departamento de Estado conforme a lo dispuesto
en la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, conocida como
Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, según enmendada.
rio
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DEBTO
JUNTA DE SÍNDICOS
THE 1901 SEE
UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO
CERTIFICACION NUMERO 033
1999-2000
Yo, Angel A. Cintrón Rivera, Miembro y Secretario de la Junta de Síndicos de
la Universidad de Puerto Rico, CERTIFICO:
Que la Junta de Síndicos, en su reunión ordinaria del 16 de octubre de 1999,
previa recomendación de la Junta Universitaria, contenida en su Certificación
Número 75 (1997-98), y del Comité de Ley y Reglamento, aprobó el
siguiente:
Reglamento de la Universidad de Puerto Rico sobre el Uso
Ilícito de Drogas, Sustancias Controladas
y Abuso de Alcohol
Y PARA QUE ASI CONSTE, expido la presente Certificación, en San Juan,
Puerto Rico, hoy día 18 de octubre de 1999.
rio
SINDINGS DE THIT DELA UNIVERSIDA R GONE ALL PUERTO DE
angel a. M.D.J.
Angel A. Cintrón Rivera,
Miembro y Secretario
CERTIFICO: Que este documento es copia fiel y
exacta del original que se encuentra en los archivos de
la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico.
1993
En San Juan, Puerto Rico, hoy 19 de enero del 2000.
Manasés Lopez Gémez
Secretario Ejecutivo
PO Box 23400, SAN JUAN, PUERTO RICO 00931-3400