Regl. 2342, art. 1915.81

PROTECCION PARA LOS OJOS

Length: 369 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1915.81

(a) Precauciones generales. (1) Todo equipo de protección para los ojos requerido por estas normas deberá cumplir con las especificaciones prescritas por el American Standard Safety Code for Head, Eyes and Respiratory Protection, Z2.1 (2) El equipo de protección para los ojos se deberá mantener en buenas condiciones. (3) El equipo de protección para los ojos que se haya usado previamente se deberá limpiar y desinfectar antes de dárselo a otro empleado por el patrono. (4) Los empleados que usen espejuelos correctivos mientras hacen trabajo peligroso para los ojos, deberán estar protegidos por equipo de protección para los ojos de un tipo que se pueda usar sobre sus espejuelos correctivos. En vez de los cubre-espejuelos se podrá usar espejuelos cuyos cristales provean corrección óptica, si éstos proveen protección adecuada contra el riesgo O peligro. (b) Protección contra impacto. (1) En cualquier operación, tal camo picar, calafatear, barrenar, remachar, esmerilar y verter metal Babbitt, donde existe el riesgo para los ojos de partículas despedidas, metal derretido O productos químicos líquidos, los empleados deberán estar protegidos por protectores faciales O gafas adecuadas que cumplan los requisitos del párrafo (a) de esta 68 Normas e Interpretaciones Seguridad y Salud en el Trabajo sección. (c) Protección contra energía radiante. (1) En cualquier operación donde existe el riesgo a los ojos causados por rayos de luz nocivos u otra energía radiante, y dependiendo de la intensidad de la radiación a la que están expuestos los empleados, ellos deberán estar protegidos por espejuelos, equipados con lentes con filtro que cumplan can los requisitos de los párrafos (a) y (c) (2) de esta sección. (2) Los Jentes con filtro deberán ser del número de matiz apropiado para el tipo de trabajo a hacerse según se indica en la Tabla I-1 en la SED 1915.68, excepto que se permiten variaciones de uno o dos números de matiz para satisfacer los gustos individuales. (3) Si se usan lentes con filtro en las gafas protectoras usadas debajo de los cascos, el número de matiz del lente en el casco puede ser reducido de manera que el total de los números de matiz de los dos lentes sean iguales al valor expuesto en la Tabla I-1 en la § 1915.68.
Regl. 2342, art. 1915.81: PROTECCION PARA LOS OJOS | Justis AI