Regl. 6094, art. IV-3 dup2
Devolución de GarantÃa Especial
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Cite as Reglamento Núm. 6094, Art. IV-3 dup2
El Secretario de la Junta devuelve la garantÃa especial a aquel licitador cuya reconsideración
fue favorecida con la decisión final de reconsideración o en aquellos casos en que, aún cuando la
reconsideración no prosperó, la Junta estimó los planteamientos vertidos en la misma como
razonables.