Regl. 2342, art. 1915.94
MAQUINARIA DE CUBIERTA DE EMBARCACIONES
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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1915.94
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Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
(a) Antes de hacer un trabajo en el cabrestante del ancla O alguno
de sus accesorios conectados, el patrono se deberá asegurar de
que se tomen las medidas siguientes:
(1) Las uñas de estopor se deberán asegurar a las cadenas
del ancla.
(2) Los retenes de ancla deberán estar accionados.
(3). En ausencia de los retenes de ancla y las uñas de
estopor, las cadenas del ancla se deberán asegurar a una
estructura fija apropiada de la embarcación.
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1915.94 (a) (3)
Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
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Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
PARTE 1915 - REPARACION DE EMBARCACIONES
SUB-PARTE K - ENVASES, BIDONES Y RECIPIENTES A PRESION,
NO EXPUESTOS AL FUEGO, Y PORTATILES QUE NO SEAN
EQUIPO DE EMBARCACIONES
1915.101
Depósitos portátiles de aire y otros envases
a presión no expuestos al fuego.
1915.102
Bidones y recipientes.
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1915
y Salud en e1 Trabajo
Normas e Interpretaciones
SUB-PARTE K ENVASES, BIDONES Y RECIPIENTES
A PRESION, NO EXPUESTOS AL FUEGO Y
PORTATILES QUE NO SEAN EQUIPO DE EMBARCACIONES
(a) Los envases portátiles a presión no expuestos al fuego construÃdas después de la fecha de vigencia de estas reglas, se deberán rotular e informar que están diseñades y construÃdes de
acuerdo con las normas del "American Society of Mechanical Engineers
Boiler and Pressure Vessel Code", Section XIII, Rules for Construction of Unfired Pressure Vessels, 1963. Los envases se deberán someter a
pruebas de presión hidrostática de una y media veces su presión de trabajo.
(b) Los envases portátiles a presión no expuestos al fuego que
han sido construÃdos antes de la fecha de vigencia de estas
reglas y que no cumplen con los requisitos del código del párrafo
(a) de esta sección, deberán ser examinados trimestralmente por una
persona competente. Además, los envases se deberán someter anualmente a una
prueba de presión hidrostática de una y media veces su presión de
trabajo.
(c) Las válvulas de escape de los envases portátiles a presión
no expuestos al fuego en los párrafos (a)y (b) de esta sección
deberán estar reguladas en la presión de trabajo de seguridad
de los envases, O reguladas a la presión de trabajo más baja de
los sistemas, lo que sea menor.
(d) Se deberá mantener un registro de las pruebas y los exámenes
hechos de acuerdo con los requisitos de los párrafos (a) y (b) de
esta sección.
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Normas e Interpretaciones
1915.102 - BIDONES Y RECIPIENTES
Ya ) Los bidones y los recipientes de embarcaciones no se deberán
someter a presión para sacar el contenido de ellos.
(b) Un sistema de tuberÃas a presión montado temporeramente que
conduzca lÃquidos o gases peligrosos, deberá tener una válvula de
seguridad y un tubo de paso para evitar la rotura del sistema y el
escape de dichos lÃquidos y gases peligrosos.
(c) Los envases, bidones y recipientes a presión que contengan
lÃquidos O gases tóxicos O inflamables no deberán guardarse O
usarse donde estén sujetos a llamas al descubierto, metales
calientes u otras fuentes de calor artificial.
(d) A menos que los envases, bidones y recipientes a presión con
capacidad de 30 O más galones que contengan lÃquidos O gases tóxicos
O inflamables se coloquen en un área aparte, donde no estén sujetos a daños fÃsicos por una fuente ajena, se deberán poner barreras
O resguardos para protegerlos de tales daños fÃsicos.
(e) Los recipientes con capacidad de 55 galones O más que contengan
lÃquidos tóxicos O inflamables, deberán estar rodeados por diques O envases que
contengan un volumen igual a, por lo menos, el 25 por ciento del volumen total
de los recipientes.
(f) Se deberá suministrar cantidades suficientes de extinguidores
de fuego adecuados para combatir el peligro. Estos extinguidores
deberán estar localizados en el área inmediata donde están almacenados O estén en uso los envases, bidones y recipientes a presión
que contienen lÃquidos O gases inflamables. Estos extinguidores
deberán estar listos para usarse en cualquier momento.
1915.102 (f)
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Seguridad y Salud en el Trabajo
1915
Normas e Interpretaciones
PARTE 1915 - REPARACION DE EMBARCACIONES
SUB-PARTE L - MAQUINARIA ELECTRICA
1915.111
Circuitos eléctricos y tableros de
distribución.
1915.111 (a)
Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
SUB-PARTE L MAQUINARIA ELECTRICA