Regl. 6094, art. VII-2 dup4
Alcance del Carácter Público de los Documentos de Subasta
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Cite as Reglamento Núm. 6094, Art. VII-2 dup4
Los documentos y los contratos de subasta como regla general son públicos y por lo tanto,
estarán accesibles a las partes interesadas después de la Apertura de las Ofertas.
A.
Excepciones
No obstante lo expresado, no se considerarán documentos públicos a los fines de su
accesibilidad a los licitadores o terceras personas los siguientes documentos:
1)
Los documentos de trabajo que levantan los miembros de la Junta individualmente
durante sus deliberaciones o estudios especiales y que no forman parte del expediente de la subasta.
2)
Los informes persuasivos, pero no obligatorios de los peritos asesores de la Junta.