Regl. 6094, art. VI-3 dup2

Condiciones Generales

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Cite as Reglamento Núm. 6094, Art. VI-3 dup2

Las Condiciones Generales son aquellas basadas en las normas sobre compras o disposición de propiedad que necesite la Autoridad, las cuales tendrán que estar incluidas siempre en todo Pliego, pero podrán variar en detalles dependiendo del asunto de la subasta. A. Contenido: Las Condiciones Generales tratarán sobre los siguientes asuntos: à. Fianza de Licitación ("Bid Bond") b. Fianza de Ejecución ("Performance Bond") y Pago ("Payment Bond") c. Marcas de Fábrica ("Trademarks") d. Modelos e. Muestras 40 f. Certificados de Inspección g. Calidad de Envases h. Contenido y peso i. Fecha de Entrega j. Almacenaje k. Condiciones Generales para Obras Públicas y Documentos Relacionados 1. Cualquier otra condición que sea necesaria B. Fianzas 1. La exigencia de las Fianzas de Licitación, Entrega, Ejecución o Pago y el monto de la misma será responsabilidad del Jefe de la División de Servicios Generales. Para fijar la fianza se usan, entre otros, los siguientes criterios: a. La experiencia contractual con la Autoridad y otras agencias. b. Calidad de bienes o servicios que ofrece. c. Solvencia económica o garantías que ofrece. d. Necesidad de la Autoridad de bienes y servicios. En casos que se requiera solicitar fianza, ésta no será mayor del veinte por ciento (20%) de la licitación y queda a discreción del Jefe de la División de Servicios Generales, con aprobación del Director, de exigir más del veinte por ciento (20%) de la fianza, cuando exista justificación para exigir la misma. 2. Las fianzas podrán prestarse: a. En cheques certificados, cheque oficial o giro a favor de la Autoridad. 41 b. Efectivo o moneda legal c. Fianza, carta de crédito u otro documento expedido por una compañía fiadora autorizada a realizar negocios en Puerto Rico por el Comisionado de Seguros y refrendada por su representante en la Isla. La Autoridad se reserva el derecho de objetar o rechazar las fianzas. Cuando la subasta bajo consideración requiera la prestación de fianzas, se localizarán y leerán en voz alta los datos pertinentes a ésta. La Autoridad podrá aceptar fianzas anuales, pero será la obligación del Proveedor llevar un récord del balance actual de tal fianza al momento de cada licitación.
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