Regl. 6094, art. X-4 dup3
Reglas Especificas de Adjudicación
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Cite as Reglamento Núm. 6094, Art. X-4 dup3
Al evaluar las ofertas ante su consideración, la Junta podrá encontrarse con una serie de
ofertas que no se atienen a la directriz general establecida, pero que podrÃan ser susceptibles de
evaluación sujeto a unos controles.
Las siguientes reglas se adoptan para ofrecerle a la Junta las guÃas que tendrán que seguir en
las circunstancias previstas en ellas:
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A.
Única Licitación
1.
Cuando en una subasta solamente se reciba la cotización de un solo licitador y
se entienda que el precio ofrecido es irrazonable 0 si el licitador no es confiable de acuerdo a los
criterios de la Junta, dicha oferta será rechazada por entenderse que no hubo competencia adecuada.
2.
No obstante, la Junta podrá adjudicar la subasta a favor de dicho licitador si su
oferta cumple con las especificaciones y condiciones de la subasta y el precio no es irrazonable. En
este caso la Autoridad podrá negociar con el único licitador. De no poder llegar a un acuerdo se
puede hacer la gestión de adquirir el bien o servicio en mercado abierto con otros licitadores no
registrados.
3.
Es obligación de la Junta estar al dÃa con los cambios en el mercado y con la
información en el Registro de suerte que con anterioridad a convocar una subasta, se pueda
confirmar si hay solamente una fuente disponible en el mercado.
4.
Si continuamente la Junta se encuentra con compras para un mismo asunto, a
la cual solamente comparezca un licitador, ésta viene obligada a informarlo al Director para que
ordene una investigación encaminada a identificar las causas para la incidencia de dicha situación y
tome las medidas correctivas que entiende procedan.
B.
Varias Ofertas por un Mismo Licitador
Cuando por razón de las especificaciones pudiera un licitador ofrecer varios modelos
o estilos y que todos cumplan con las especificaciones, tendrá que escoger uno. De lo contrario, la
Junta tendrá que rechazarlas. Cuando un Proveedor presenta varias ofertas para un mismo renglón en
sobres separados bajo su nombre o bajo otros nombres o seudónimos con el propósito de aparentar o
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simular una competencia, comprobados los hechos, se ordena una investigación encaminada a
identificar las causas en las mismas condiciones que el inciso anterior.
C.
Ofertas No Responsivas
Al hacer su oferta el licitador se limitará a ofrecer el bien, la obra o el servicio
solicitado dentro de las especificaciones y condiciones detalladas en el Pliego.
La Junta no considerará ofertas que añadan, alteren o eliminen especificaciones o
condiciones solicitadas. Tampoco se considerarán ofertas que propongan la alternativa de bienes,
obras o servicios diferentes, pero parecidos a las especificaciones solicitadas. Tampoco se
considerarán ofertas que contengan frases, párrafos o comentarios que hagan de la oferta una
ambigua en cuanto a su significado, incompleta o indefinida.
D.
Conspiración 0 Colusión
Cuando exista motivo fundado para pensar que dos o más Proveedores se han
confabulado con el propósito de manipular la compra de manera que se adjudique indebidamente, se
aplican las siguientes sanciones:
1) Rechazar las ofertas de estos Proveedores o invalidar la compra según sea
necesario o conveniente a los intereses de la Autoridad.
2) Se procederá a suspenderlos del Registro de Proveedores Calificados. Dentro del
término de treinta (30) dÃas podrán solicitar una vista administrativa para mostrar causa por la cual
no se les deba eliminar del Registro, de acuerdo al Reglamento de Procedimientos Administrativos
de la Autoridad.
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E.
Empates
Cuando dos 0 más licitadores hicieran ofertas idénticas en especificaciones,
condiciones y precios y que al evaluarlas la Junta entienda que son las mejores ofertas recibidas, se
procederá de acuerdo a lo establecido en este inciso, a saber:
1)
Notificación y Solicitud
Los licitadores empatados serán citados para la fecha que la Junta fije, la cual no
podrá ser más de tres (3) dÃas después de haber hecho determinación por cualquier medio de
comunicación disponible. Esto se hará constar en el expediente.
2)
Cómo Efectuar el Acto
Para la fecha y hora citada, los licitadores empatados deberán comparecer a la
Autoridad y entregar en un sobre cerrado sus nuevos precios que serán igual 0 menor al ya cotizado.
En presencia de los licitadores o sus representantes se abrirán los sobres.
3)
Nuevos Empates
Si al abrir los sobres se descubrieren nuevos empates, se seguirá el mismo
procedimiento de solicitar nuevos precios.
F.
Ninguna Oferta (Subasta Desierta)
Cuando no se reciba oferta alguna, la Junta referirá el expediente a la División de
Servicios Generales para que ésta efectúe la investigación correspondiente y someta un informe a la
Junta, mediante el cual ésta pueda determinar la acción a seguir. En este caso la Autoridad podrá
ordenar la compra en mercado abierto siguiendo los procedimientos de este Reglamento.
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G.
Rechazo Global
En caso de que todas las ofertas sean rechazadas se procederá en el siguiente orden:
1.
En los casos de servicios que presta la Autoridad, como en las obras de
construcción, se podrá proceder por administración o al mercado abierto mediante la negociación
directa con los licitadores como cualquier otro registrado.
2.
En los demás casos se convocará una nueva subasta;
(a) Si al convocarse una nueva subasta surgiere la situación original por la cual se
rechazaron todas las ofertas, se podrá adquirir el bien, la obra de construcción o el servicio que se
trate negociando con los licitadores rechazados que cumplieron con las especificaciones, conforme
establece este Reglamento.
(b) Si el rechazo fue por no cumplir con las especificaciones, la Junta devolverá el
caso a la División de Servicios Generales para enmendar las especificaciones en armonÃa a lo
existente en el mercado o lo que proceda.
3. No se celebrará una nueva subasta si se justifica en forma razonable, con la
aprobación del Director, que el tiempo que tome la preparación y adjudicación de la misma afectará
adversamente el comienzo, desarrollo o uso de la obra, bien 0 servicio según se haya determinado
conforme con su necesidad o planificación. En este caso se procederá por administración o al
mercado abierto mediante la negociación directa con los licitadores como cualquier otro registrado.
H.
Otros Criterios
Al evaluar las ofertas recibidas la Junta viene obligada a tomar en consideración las
siguientes condiciones generales:
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1)
Frecuencia en reparación.
2)
Facilidades de locales para el mantenimiento.
3)
Costo de las piezas de repuesto
4)
Factores que afectan al servicio con disponibilidad de piezas
I.
Efecto de hacer la Oferta "Precio Global"
La Junta podrá considerar y aceptar las partidas individuales de cualquier oferta
descartando la oferta "Precio Global" si asà conviene a la Autoridad de acuerdo al criterio de ella;
pero en tal caso dichas partidas no serán susceptibles de que se les aplique el descuento. Si la Junta
aceptare la oferta "Precio Global" y ésta se hubiere hecho a base de la cuantÃa total, la cantidad
rebajada se distribuirá a prorrata entre las partidas. Si la misma se hubiere hecho a base de por
cientos de descuento, se le aplicará el por ciento a cada partida.
J.
Ofertas sin Firma 0 con Alteraciones
La Junta considerará ofertas sin firma únicamente bajo las siguientes condiciones:
a.
Si antes de la apertura el licitador afectado presenta ante la Junta una carta u
otra certificación firmada que explique la ausencia de su firma y confirme su oferta.
b.
Si la oferta se acompaña de un documento o carta de trámite firmada por el
licitador en el cual se haga referencia directa a la oferta.
c.
Cualquier alteración o corrección (borrón, tachadura o anotación) en los
Pliegos debe incluir las iniciales del que altera 0 corrige para que la Junta la pueda considerar.
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