Regl. 2342, art. 1916.24

PINTURA

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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1916.24

(a) Pinturas mezcladas con agentes o disolventes tóxicos. (1) Cuando las pinturas mezcladas con agentes, o disolventes tóxicos se rocian, se deberán aplicar las siguientes condiciones: (i) En espacios confinados, los empleados que están expuestos continuamente a dicha operación de rocio se deberán proteger por equipos de respiración con linea de aire según los requisitos de la sección 1916.82(a) (ii) Los empleados expuestos continuamente a dicha operación en tanques o compartimentos deberán estar protegidos por respiradores de linea de aire de acuerdo con los requisitos de la sección 1916.82(a). Cuando se haya provisto ventilación mecánica, los empleados deberán estar protegidos por equipo de respiración de acuerdo con los requisitos de la sección 1916.82(a) y (e). (iii) En áreas grandes y ventiladas, los empleados expuestos a dicha operación deberán estar protegidos con equipo de respiración de acuerdo con los requisitos de la sección 1916.82 (a) y (e). (2) Cuando se usan brochas para aplicar pinturas con disolventes tóxicos en espacios confinados o en áreas donde la falta de ventilación crea un riesgo, los empleados deberán estar protegidos por equipo de respiración con filtro de acuerdo con los requisitos de la sección 1916.82 (a) y (c). (3) Cuando se usan pinturas o agentes inflamables, se deberán tomar precauciones de acuerdo con los requisitos de la sección 1915.25. (4) Las partes metálicas de los dispositivos para mover aire, incluso abanicos, sopladores y movedores de aire tipo jet, y todo trabajo de conducto, deberán estar interconectados eléctricamente a la estructura de la embarcación. (b) Pinturas y revestimientos de tanques disueltos en disolventes tóxicos e inflamables altamente volátiles. Varios revestimientos orgánicos, adhesivos y resinas están disueltos en disolventes inflamables y explosivos altamente tóxicos con puntos de inflamación por debajo de 80° F. El trabajo que implique el uso de tales materiales se deberá hacer solamente cuando se hayan tomado todas las precauciones siguientes: 98 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (1) Se deberá proveer suficiente ventilación por extracción para mantener la concentración de los vapores disolventes a menos del diez (10) por ciento del limite explosivo menor. Una persona competente deberá realizar pruebas frecuentes para verificar la concentración. (2) Si la ventilación falla o si la concentración de los vapores disolventes aumenta sobre el diez (10) por ciento del limite explosivo menor, se deberá detener la operación de pintura y se deberá evacuar el compartimiento hasta que la concentración baje de nuevo a menos del diez (10) por ciento del limite explosivo menor. Si la concentración no baja cuando se detenga la operación de pintura, se deberá proveer ventilación adicional para disminuir la concentración a menos del diez (10) por ciento del limite explosivo menor. (3) Se deberá continuar la ventilación aún después de completada la operación de pintura hasta que el espacio o compartimento esté libre de gases. La determinación final sobre si el espacio o compartimento está libre de gases se deberá tomar después de estar apagado el equipo de ventilación, por lo menos, durante diez minutos. (4) Los conductos de extracción deberán descargar fuera de las áreas de trabajo y lejos de posibles las fuentes de ignición. Se deberán hacer pruebas periódicas para asegurarse de que los vapores extraídos no se acumulen en otras áreas dentro de, o alrededor de, la embarcación o el dique seco. (5) Todos los motores y equipo de control deberán ser a prueba de explosiones. Los abanicos deberán tener aspas que no sean de hierro. Los conductos de aire portátiles no deberán ser de hierro. Todos los motores y equipo de control relacionados deberán ser adecuadamente mantenidos y conectados a tierra. 99 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (6) Se deberán usar cubos para pintura, pistolas para rociado y herramientas que no despidan chispas. Las partes de metal de las brochas de pintura y los rolos deberán estar aisladas. Las plataformas provisionales deberán ser hechas de manera que no despidan chispas. (7) Se deberán usar solamente luces a prueba de explosiones, aprobadas por el Underwriter's Laboratories para usarse en atmósferas Clase I, Grupo D, o permitidas por el U.S. Bureau of Mines o por U.S. Coast Guard. (8) Una persona competente deberá inspeccionar todos los cables eléctricos y del alumbrado para asegurarse de que el aislamiento está en buenas condiciones, libre de grietas y partes gastadas, que no hay conexiones dentro de cincuenta (50) piés del trabajo, que las lineas no están sobrecargadas y que estañ suspendidas suficientemente flojas para evitar tensión o roce excesivo. (9) Los empleados deberán protegerse la cara, los ojos, la cabeza, las manos y todas las partes del cuerpo que estén expuestas en el manejo de pinturas altamente volátiles. Todo tipo de calzado deberá ser del tipo que no despida chispas, tales como goma, botas de goma 0 zapatos con suela de goma sin clavos. Toda vestimenta que cubra todo el cuerpo (converallo) debe ser de algodón. Se deberán usar guantes de goma, y no de plástico, debido al riesgo que representan las chispas de electricidad. (10) No se deberá entrar al área de trabajo con fósforos, cigarillos encendidos, cigarros o pipas, encendedores o articulos ferrosos. (11) Todo barril con disolventes que se entre al compartimiento deberá ponerse en superficies que no sean de hierro y harán tierra conectándose a la embarcación. Se deberá mantener contacto metálico entre los recipientes y los barriles cuando se transfieren materiales de uno al otro. (12) Las pistolas para rocio, los recipientes de pintura y las partes metálicas de la tuberia de conexión deberán estar interconectadas eléctricamente, y el ensamblaje interconectado eléctricamente a la tierra, deberá hacer tierra conectándose a la embarcación. (13) Los empleados que están continuamente en un compartimiento donde se está pintando de esta forma deberán estar protegidos por equipo de respiración con linea de aire, de acuerdo con los requisitos de la sección 1916.82(a). Además, deberán estar protegidos con vestimenta protectora adecuada. Los empleados que entran en tales compartimentos por un tiempo limitado deberán estar protegidos por equipo de respiración con filtro, de acuerdo con los requisitos de la sección 1916.82(a) y (e). 99 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (14) Todo empleado que pinte al aire libre deberá estar protegido por equipo de respiración con filtro de acuerdo con los requisitos de la sección 1916.82(a) y (e) y por vestimenta protectora adecuada.
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