Regl. 6104, art. 8.2
Reglamento de la Junta Asesora de Ciudadanos para el Amparo a Menores. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 6104, Art. 8.2
Funciones de la Directiva
a)
Presidente (a)
1)
Representar a la Junta Asesora en todas aquellas funciones
compatibles a su cargo.
2)
Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias y dirigir las
sesiones de trabajo.
3)
Nombrar comités permanentes O temporeros para discutir y
analizar los distintos asuntos, asignar un líder para cada subcomité.
4)
Presentar al Director Asociado de la Administración de
Familias y Niños, las normas, directrices y plan de trabajo de
la Junta Asesora, para su conocimiento y acción pertinente.
5)
Velar por el cumplimiento de las funciones asignadas a la
Junta Asesora.
6)
Rendir a la Administración de Familias y Niños un informe
anual de la labor realizada.
7)
Ejecutar aquellos otros deberes que le corresponde por
reglamentación.
b)
Vice-Presidente (a)
1)
Sustituir al presidente en su ausencia, renuncia O separación
por cualquier motivo, realizando todos sus deberes hasta
tanto se elija un nuevo presidente.
2)
Desempeñar cualquier otra función que le asigne el
Presidente.
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c)
Secretario(a)
1)
Tomar minuta de todas las reuniones de la Junta Asesora.
2)
Certificar las minutas de todas las reuniones de la Junta
Asesora.
3)
Informar al coordinador de la Administración de Familias y
Niños las fechas para las reuniones, previa consulta con el
Presidente.
4)
Preparar y dar seguimiento a las convocatorias para las
reuniones con la debida antelación.
5)
Desempeñar cualquier otra función que le asigne el
Presidente.
6)
Leer cartas, actas y documentos a petición del Presidente.
7)
Preparar un calendario de trabajo anual.
8)
Preparar la agenda de las reuniones.
9)
Organizar y distribuir las tareas del día.
10)
Mantener un directorio de los miembros de la Junta.