Regl. 6104, art. 8.2-13
Reglamento de la Junta Asesora de Ciudadanos para el Amparo a Menores. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 6104, Art. 8.2-13
DEBERES DEL COORDINADOR DE LA JUNTA ASESORA
ESTATAL Y REGIONAL
a)
Coordinar las reuniones que sean necesarias con las agencias públicas,
privadas O privatizadas y organizaciones sociales, económicas y religiosas
de la comunidad.
b)
Coordinar adiestramientos, talleres, charlas y cualquier otra actividad
profesional para los miembros de la Junta Asesora.
c)
Facilitar documentos sobre la legislación federal y estatal vigente en el área
de protección a menores a los miembros de la Junta Asesora.
d)
Facilitar y gestionar los servicios a menores que le corresponde ofrecer al
Departamento.