Regl. 6104, art. 8.2-13

Reglamento de la Junta Asesora de Ciudadanos para el Amparo a Menores. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005

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Cite as Reglamento Núm. 6104, Art. 8.2-13

DEBERES DEL COORDINADOR DE LA JUNTA ASESORA ESTATAL Y REGIONAL a) Coordinar las reuniones que sean necesarias con las agencias públicas, privadas O privatizadas y organizaciones sociales, económicas y religiosas de la comunidad. b) Coordinar adiestramientos, talleres, charlas y cualquier otra actividad profesional para los miembros de la Junta Asesora. c) Facilitar documentos sobre la legislación federal y estatal vigente en el área de protección a menores a los miembros de la Junta Asesora. d) Facilitar y gestionar los servicios a menores que le corresponde ofrecer al Departamento.
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