Regl. 6104, art. 8.2-16

CLAUSULA DE SEPARABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 6104, Art. 8.2-16

La declaración por un Tribunal competente de que una disposición de este caso de impugnación, interpretación judicial o cualquier otra acción legal, las partes de este Reglamento se considerarán separadas de por sí, y tales acciones sólo aplicarán sobre la parte O partes así afectadas.
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