Regl. 6105, art. 6 dup2
UBICACION DE LA JUNTA REVISORA
Cite as Reglamento Núm. 6105, Art. 6 dup2
a)
La Junta Revisora se constituye en cada región del Departamento; la misma
funcionará de forma autónoma. El Director Asociado de la Administración
de Familias y Niños es responsable de nombrar la Junta Revisora de
acuerdo a los procedimientos establecidos en este Reglamento.