Regl. 6105, art. 8.2-12

DEBERES DEL COORDINADOR DEL SISTEMA DE

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Cite as Reglamento Núm. 6105, Art. 8.2-12

INFORMACION Y SEGUIMIENTO (SIS) a) Coordinar, preparar y presentar a los miembros de la Junta Revisora los documentos y formularios necesarios preparados y enviados por el Técnico de Servicios a Familias O Trabajador Social, que contenga la información necesaria para que se puedan evaluar los elementos que propiciaron la remoción de cada menor y el progreso de éstos para lograr el plan permanente. b) Orientar a los miembros de la Junta en lo relacionado a sus funciones y los servicios de cuidado sustituto y cualquier otro asunto relacionado.
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