Regl. 6105, art. 8.2-12
DEBERES DEL COORDINADOR DEL SISTEMA DE
Cite as Reglamento Núm. 6105, Art. 8.2-12
INFORMACION Y SEGUIMIENTO (SIS)
a)
Coordinar, preparar y presentar a los miembros de la Junta Revisora los
documentos y formularios necesarios preparados y enviados por el Técnico
de Servicios a Familias O Trabajador Social, que contenga la información
necesaria para que se puedan evaluar los elementos que propiciaron la
remoción de cada menor y el progreso de éstos para lograr el plan
permanente.
b)
Orientar a los miembros de la Junta en lo relacionado a sus funciones y los
servicios de cuidado sustituto y cualquier otro asunto relacionado.