Regl. 6106, art. 2-2.3
Composición
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Cite as Reglamento Núm. 6106, Art. 2-2.3
1. La Junta de Subastas estará compuesta por cinco (5) miembros en propiedad
designados por el Secretario de la Vivienda mediante Orden Administrativa.
2.
Los miembros de la Junta de Subastas serán funcionarios, empleados o personal
contratado por servicios profesionales del Departamento de la Vivienda y sus
agencias adscritas, de los cuales uno de estos será el Sub-Secretario de la
Vivienda, quien actuará como presidente de la Junta.
3.
Será requisito que uno de los miembros sea un abogado admitido al ejercicio de
la profesión.
4. El Secretario de la Vivienda nombrará, además, miembros alternos para sustituir
a cualquier miembro permanente que no pueda asistir a cualquier reunión por
causa justificada. Los miembros alternos serán cuatro (4).