Regl. 6106, art. 2-2.3

Composición

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Cite as Reglamento Núm. 6106, Art. 2-2.3

1. La Junta de Subastas estará compuesta por cinco (5) miembros en propiedad designados por el Secretario de la Vivienda mediante Orden Administrativa. 2. Los miembros de la Junta de Subastas serán funcionarios, empleados o personal contratado por servicios profesionales del Departamento de la Vivienda y sus agencias adscritas, de los cuales uno de estos será el Sub-Secretario de la Vivienda, quien actuará como presidente de la Junta. 3. Será requisito que uno de los miembros sea un abogado admitido al ejercicio de la profesión. 4. El Secretario de la Vivienda nombrará, además, miembros alternos para sustituir a cualquier miembro permanente que no pueda asistir a cualquier reunión por causa justificada. Los miembros alternos serán cuatro (4).
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