Regl. 6106, art. 2-2.4
Funcionarios Administrativos
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Cite as Reglamento Núm. 6106, Art. 2-2.4
La Junta tendrá los siguientes Funcionarios Administrativos: un secretario y un
secretario alterno designados por el Secretario de la Vivienda. Estos no contarán para
quórum, ni tendrán derecho a participar en las deliberaciones de la Junta ni a votar.