Regl. 6106, art. 2-2.8
Quórum
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Cite as Reglamento Núm. 6106, Art. 2-2.8
1. Tres (3) miembros de la Junta de Subastas será el número mÃnimo requerido
para constituir quórum en las reuniones ordinarias y extraordinarias.
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2. Para ser válidos los acuerdos tomados en las reuniones ordinarias o
extraordinarias de la Junta de Subastas se requerirá mayorÃa simple del total de
sus miembros, lo que será igual al quórum aquà establecido.