Regl. 6106, art. 4-4.2
Reglas EspecÃficas de Adjudicación
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Cite as Reglamento Núm. 6106, Art. 4-4.2
Las siguientes reglas se adoptan para ofrecerle a la Junta de Subastas las guÃas que
tendrán que seguir en las circunstancias previstas en ellas.
1. Competencia Adecuada
a.
Cuando solamente se reciba la cotización de un sólo licitador y se entienda
que su precio es irrazonable, dicha oferta será rechazada por entenderse
que no hubo competencia adecuada.
b.
Cuando solamente se reciba una oferta la Junta podrá adjudicarla a favor
de dicho licitador, si su oferta cumple con las especificaciones y
condiciones del pliego y el precio no es irrazonable.
2. Rechazo de la Unica Oferta
Se podrá rechazar la única oferta recibida, aunque ésta reúna los requisitos del
pliego, si el precio ofrecido es irrazonable o si el licitador no es confiable de
acuerdo a los criterios de la Junta.
En este caso la Junta podrá autorizar a la SecretarÃa de Finanzas y Sistemas de
Información y las agencias adscritas en que se deleguen los procesos de compra,
a negociar con el único licitador. De no poder llegar a un acuerdo se puede
hacer la gestión de adquirir el bien o servicio en mercado abierto con otros
licitadores no registrados, una vez cumpla con los requisitos establecidos para
registrarse en el Registro de Licitadores.
3.
Varias Ofertas por un Mismo Licitador.
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Cuando un licitador presente varias ofertas en sobres separados para un mismo
renglón bajo su nombre o bajo otros nombres o seudónimos, éstas serán
rechazadas automáticamente y a dicho licitador se le penalizará suspendiéndole
del Registro o impidiéndole ingresar a éste o participar en futuras subastas o
solicitud de propuestas por el perÃodo que recomiende la Junta al Secretario, el
cual no será menor de un (1) año ni mayor de tres (3) años. La Junta notificará
esta determinación a la SecretarÃa de Finanzas y Sistemas de Información y a las
agencias adscritas en que se deleguen los procesos de compra, para que proceda
conforme. El licitador asà penalizado podrá recurrir ante la Junta Revisora de
Subastas dentro de los diez (10) dÃas de recibida la resolución de la Junta de
Subastas.
Cuando en los procedimientos de adquisición de equipo, maquinaria o
vehÃculos, por razón de las especificaciones, pudiera un licitador ofrecer varios
modelos o estilos que todos cumplan con las especificaciones, tendrá que
escoger uno. Si el licitador los ofreciere, aunque todos cumplan con las
especificaciones, la Junta de Subastas tendrá que rechazarlos.
4.
Conspiración
Cuando se compruebe, por lo irrazonable de las ofertas o por investigación
efectuada o como resultado de declaración jurada presentada ante la Junta de
Subastas por otro licitador registrado o por cualquier otro fundamento razonable,
que dos (2) o más licitadores se han puesto de acuerdo con la intención de
defraudar o perjudicar los intereses del Departamento y sus agencias adscritas, la
Junta de Subastas rechazará las ofertas de éstos y recomendará al Secretario
retirar a los licitadores del Registro por un término no menor de un (1) año ni
mayor de tres (3) añosy no podrán participar por dicho término en subastas o
solicitud de propuestas del Departamento y sus agencias adscritas y se someterá
el caso a las agencias pertinentes.
5. Colusión
Cuando se probare que todos los licitadores se pusieron de acuerdo con la
intención de defraudar o perjudicar los mejores intereses del Departamento y sus
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agencias adscritas, se rechazarán todas las ofertas. La Junta de Subastas podrá
ordenar la compra con otro licitador.
De encontrarse incursos estos licitadores de lo que se le imputa anteriormente,
los mismos serán suspendidos del Registro de Licitadores por un término no
menor de un (1) año ni mayor de tres (3) años y no podrán participar en dicho
término en subastas o solicitud de propuestas del Departamento y sus agencias
adscritas.
6.
Subasta Desierta
De no comparecer licitadores la Junta de Subastas procederá a declarar desierta
la subasta e iniciará un nuevo proceso.
7.
Rechazo Global
Se podrá rechazar una o todas las propuestas durante cualquier etapa del proceso
anterior a la emisión de la orden de compra cuando:
a.
Uno o más de los licitadores no cumplan con algunos de los requisitos,
especificaciones o condiciones estipuladas.
b.
Se estima que no se ha obtenido la competencia adecuada.
C.
Los precios obtenidos sean irrazonables.
d.
No haya fondos disponibles suficientes para pagar los artÃculos o servicios
de la oferta.
e.
Las ofertas demuestren que los licitadores controlan el mercado del
producto solicitado, y se han puesto de acuerdo entre sà para cotizar
precios irrazonablemente altos.
f.
Por orden del Secretario de la Vivienda cuando asà se justifique.
En los casos enumerados en este inciso, de ser necesario:
(1) se anunciará una nueva subasta o solicitud de propuesta;
(2) se negociará la compra;
(3) se dispondrá del asunto en la forma más beneficiosa para el
Departamento y sus agencias adscritas, en armonÃa con las
circunstancias envueltas.