Regl. 6106, art. 4-4.8
Licitador Agraciado
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Cite as Reglamento Núm. 6106, Art. 4-4.8
Además de la información que se relaciona en la sección 9.7, la notificación del
licitador o licitadores agraciados indicará lo siguiente:
a. Documentos que deberá someter antes de la formalización del contrato;
b. El término de tiempo que tendrá para producir los mismos; y
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c. Advertencia a los efectos de que la adjudicación no obliga al Departamento
y a sus agencias adscritas hasta que se otorgue el contrato o la órden de
compra.