Regl. 6107, art. 21.3
Reglamento para los Servicios de Protección a Menores:
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Cite as Reglamento Núm. 6107, Art. 21.3
Confidencialidad de los Miembros de la Junta Asesora
Los miembros de la Junta Asesora no podrán revelar a persona alguna O
funcionario gubernamental información que identifique de forma especÃfica
determinado caso de protección con respecto al cual la Junta Asesora ha
recibido información; y tampoco podrán hacer pública dicha información a menos
que se autorice por ley.