Regl. 6107, art. 21.3

Reglamento para los Servicios de Protección a Menores:

Length: 57 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6107, Art. 21.3

Confidencialidad de los Miembros de la Junta Asesora Los miembros de la Junta Asesora no podrán revelar a persona alguna O funcionario gubernamental información que identifique de forma específica determinado caso de protección con respecto al cual la Junta Asesora ha recibido información; y tampoco podrán hacer pública dicha información a menos que se autorice por ley.
Regl. 6107, art. 21.3: Reglamento para los Servicios de Protección a Menores: | Justis AI