Regl. 2342, art. 1916.47 dup2
SUPERFICIES DE TRABAJO
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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1916.47 dup2
(a) Cuando tubos expuestos o ladrillos refractarios que falten o que hayan sido removido presenten riesgo de
tropiezo en el piso de la cámara de combustión, se deberá colocar suficientes tablones para proporcionar un piso
seguro mientras se lleve a cabo el trabajo dentro de la caldera.
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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
(b) Cuando los empleados trabajan sobre, o a una altura mayor de 5 pies de una superficie sólida, se deberán
usar andamios o escalas inclinadas que cumplan con los requisitos de esta sub-parte, para proporcionar un piso
seguro. Si no, los empleados deberán estar protegidos por cinturones de seguridad y cuerdas salvavidas que cumplan con los requisitos de la sección 1916.84(b). Los empleados cuya visión esté restringida por capuchas para
trabajar con explosivos, cascos para soldar y gafas protectoras para soldar por fusión lÃquida deberán trabajar en
andamios y no en escalas, excepto en la operación inicial y final de soldadura o quemadura para empezar o
terminar un trabajo, tal como el construir y el desmantelar andamios colgados u otros trabajos similares, no
repetitivos y de poca duración.
(c) Para trabajos realizados en espacios restringidos, tales como detrás de las calderas y entre maquinarias y tuberias congestionadas, se deberán usar plataformas de trabajo de por lo menos, 20 pulgadas de ancho, que cumplan
con los requisitos de la sección 1916.41(h)(1). Se pueden omitir las barandas traseras si los muros de contención,
calderas, unidades de maquinarias o tuberias tienen protección adecuada para evitar caidas.
(d) Cuando los empleados trabajen, aborden o salgan de botes pequeños o balsas, deberán estar protegidos con
salvavidas de flotación que cumplan con los requisitos de la sección 1916.84(a).
(39 F.R. 15124, 1° de mayo de 1974.)
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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
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NORMAS E INTERPRETACIONES
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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
PARTE 1916 - CONSTRUCCION DE EMBARCACIONES
SUB-PARTE F - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO