Regl. 6108, art. IV

JURISDICCIÓN Y ALCANCE

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Cite as Reglamento Núm. 6108, Art. IV

Este Reglamento aplicará a todo procedimiento mediante el cual el Departamento y sus agencias adscritas, incluyendo las áreas administradas por Agentes Administradores y Gerentes de Programas, adquieran mediante compra, arrendamiento, donación o cualquier otra forma legal, el equipo, maquinaria, materiales, suministros, bienes y servicios no personales que sean necesarios para el funcionamiento y operación del Departamento y sus agencias adscritas y para los programas, actividades y servicios que éstos deben realizar. Aplican, además, a todo funcionario o empleado del Departamento y sus agencias adscritas y cualesquiera otros funcionarios de la empresa privada en quienes se hayan delegado las funciones de adquisición mediante compra de bienes y servicios. La adquisición de equipo, maquinaria, materiales, suministros, bienes y servicios no personales, con fondos provenientes de programas o proyectos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés), o cualquier otra agencia del gobierno federal, se realizará de acuerdo a los métodos procésales y parámetros sobre cuantías establecidos en la reglamentación 2 federal aplicable, aún cuando sólo una parte de la adquisición se realice con fondos federales. En este caso, las disposiciones de este Reglamento aplicarán únicamente en forma supletoria.
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