Regl. 6108, art. XI dup2

PLIEGO

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Cite as Reglamento Núm. 6108, Art. XI dup2

A. Contenido El pliego contendrá cuatro (4) asuntos: la Convocatoria, las Instrucciones, las Especificaciones y las Condiciones. B. Instrucciones 9 Las instrucciones serán las guías que le indicarán a los licitadores cómo preparar sus ofertas. Estas serán similares para todos los licitadores y podrán incluir lo siguiente: 1. Cómo efectuar las ofertas 2. Requisitos que deben reunir los licitadores 21 3. Instrucciones Especiales las cuales serán advertencias que se realizarán a los licitadores, señalándole cambios, sugerencias o errores u otros asuntos que la Junta de Subastas entienda necesario señalar a los licitadores o que se entiendan apropiados para facilitar la evaluación y deberán ser restrictivas. C. Especificaciones Las especificaciones describirán adecuadamente el bien, objeto o servicio. Deberán ser claras, precisas, completas y no deberán ser restrictivas. D. Condiciones Las condiciones tendrán que estar basadas en las normas que regulan la adquisición en el Departamento. Los pliegos podrán contener tres (3) tipos de condiciones: las Generales, las Especiales y las Particulares. Condiciones Generales Las condiciones generales son aquellas basadas en las normas sobre adquisición o disposición, y podrán tratar sobre los siguientes asuntos: 1. Garantías de Licitación ("Bid Bond") 2. Fianza de Ejecución ("Performance Bond") 3. Fianza de Pago ("Payment Bond") 4. Marcas ("Trademarks") 5. Modelo 6. Muestras 7. Certificado 8. Calidad de Envases 9. Contenido y Peso 10. Fecha de Entrega. 11. Almacenaje 12. Cualquier otra condición que sea necesaria 13. Otros asuntos contenidos en el Reglamento de Compras de Bienes y Servicios No Personales del Departamento y otros que sean pertinentes 22 14. Cualquier otro requisito que el Secretario del Departamento de la Vivienda estime necesario para salvaguardar los mejores intereses del Departamento y sus agencias adscritas Condiciones Especiales Las condiciones especiales serán aquellas que se establezcan dependiendo del bien, la obra o el servicio que se adquiere y que a base de la experiencia evaluando, adjudicando o administrando contratos, se concluya que en determinadas circunstancias se deben adoptar. Condiciones Particulares Las condiciones particulares variarán en cada partida dependiendo de las necesidades específicas del Departamento o la agencia adscrita, según sea el caso. E. Criterios de Evaluación Los criterios de evaluación formarán parte de la solicitud de propuesta únicamente. Las propuestas deberán ser calificadas a base de los criterios establecidos en la misma, donde el precio propuesto del individuo o firma no necesariamente será el de mayor peso. Los criterios de evaluación deben tener un total de cien (100) puntos y constar, al menos, de los siguientes criterios: 1. Cualificaciones e historial de experiencias previas 2. Conocimientos de las reglamentaciones aplicables 3. Equipo de Trabajo y Organización 4. Honorarios del trabajo a realizar (Management Fee) 5. Capacidad Financiera ARTICULO XII PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS A. Entrega de licitaciones o propuestas 1. Las ofertas selladas de los licitadores serán entregadas personalmente en la Oficina de la Secretaría de la Junta de Subastas o en el lugar que se especifique en la convocatoria. 2. Los sobres de las ofertas radicadas por los licitadores se marcarán con el sello especial de la Junta de Subastas, indicando la fecha y hora exacta en que se recibieron. Toda 23 oferta presentada será custodiada hasta la fecha y hora fijadas para la apertura de los pliegos. No se aceptará cambio alguno, una vez éstos hayan sido radicados y aceptados. B. Formas de Hacer la Oferta Los licitadores podrán hacer ofertas únicamente conforme a lo expresado en el pliego de subasta o solicitud de propuesta. C. Correcciones Las correcciones o cambios en los pliegos de oferta deberán estar debidamente iniciadas por el licitador, de lo contrario quedará invalidada la oferta para la partida o partidas correspondientes. D. Retiro de las Ofertas El retiro de una oferta radicada podrá efectuarse mediante petición escrita, realizada antes de la apertura de pliegos. El retiro de ofertas, posterior a la apertura de cualquier pliego, estará condicionado a que inequívocamente pueda comprobarse que la misma se hizo por error y que pueda sostenerse como oferta irrazonable. Efecto de retiro de ofertas El licitador no podrá radicar una oferta sustituta, una vez retirada la oferta. Cuando un licitador, sin establecer razones meritorias, insista en el retiro de su oferta o se negare a aceptar la orden de compra que emita, se considerará que ha incumplido el contrato y se le podrá aplicar las sanciones que el Secretario del Departamento estime pertinente, en armonía con las disposiciones de este Reglamento.
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