Regl. 6109, art. 11-12

PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LA SOLICITUD

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Cite as Reglamento Núm. 6109, Art. 11-12

DE SUBSIDIO DE ADOPCION a) El Trabajador Social de la Unidad de Adopción informará a los padres adoptantes potenciales de todo menor con necesidades especiales, bajo custodia del Departamento, sobre el beneficio de adopción subsidiada, requisitos y procedimientos de elegibilidad y le solicitará la documentación que sea necesaria para evaluarlos de así ellos interesarlo. b) Los padres adoptantes llenarán el Formulario de Solicitud de Subsidio de Adopción, que provea la Administración para esos propósitos y lo entregarán debidamente firmado con la documentación que le fue requerida para evaluar la misma en la Unidad de Adopción de la Región correspondiente a su área de residencia. En los casos que se reclame el subsidio por condiciones de salud, la misma deberá entregarse con la evidencia reciente de los profesionales de la salud que atienden al menor(es). El empleado que reciba la solicitud hará constar en el formulario la fecha de su radicación a la Unidad de Adopción. c) El Supervisor de la Unidad de Adopción revisará la solicitud recibida y devolverá la misma a los solicitantes, de estar incompleta para su corrección. d) Toda solicitud completada será evaluada dentro de los treinta (30) días calendarios a partir de la fecha de recibo en la Unidad de Adopción. e) El ingreso económico de los padres adoptante no se tomará en cuenta para determinar elegibilidad para recibir el beneficio de subsidio ni se requerirá que los padres demuestren capacidad económica para suplir por sí mismo las necesidades especiales del menor. Los padres adoptantes tienen que demostrar como requisito que cuentan con los ingresos para satisfacer las necesidades básicas del menor y de su familia adoptante. f) El Trabajador Social de la Unidad de Adopción llevará a cabo la evaluación de la solicitud y notificará por escrito la determinación a los padres adoptantes dentro de diez (10) días laborables contados a partir de la determinación. g) Cuando se cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en este Reglamento, se citará a los padres adoptantes a una reunión para discutir la cantidad del subsidio. 13
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