Regl. 6109, art. 16.1

Reglamento para los Servicios de Adopción y Adopción Subsidiada. ANULA ART. 4 A 10 REG. #6109

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Cuando Termina el Subsidio El subsidio acordado mediante convenio serÔ descontinuado por el Departamento cuando: a) el menor cumpla la edad de dieciocho (18) años. PodrÔ extenderse la subvención hasta los veintiuno (21) años si se trata de un menor con impedimento físico o mental que requiera tratamiento continuo o prolongado; b) los padres adoptivos han dejado de ser legalmente responsables por el sustento del menor; c) el menor ha dejado de recibir el sustento de parte de los padres adoptivos; d) los padres adoptivos no sometan la declaración jurada anual o no comparezcan a la reunión anual de revisión del subsidio a la que hayan sido citados, sin razón justificada.
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