Regl. 6109, art. 5.2

Reglamento para los Servicios de Adopción y Adopción Subsidiada. ANULA ART. 4 A 10 REG. #6109

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Cite as Reglamento NĆŗm. 6109, Art. 5.2

Servicios a Ofrecer a) Evaluación para candidatos a padres adoptivos. b) Orientación, consejería individual y grupal para ayudar en el proceso de evaluación y desarrollo de capacidades para satisfacer las necesidades del menor candidato a adopción. c) Colocación de un menor en espera de ser adoptado. 7 d) Orientación para completar la adopción mediante los trÔmites legales vigentes. e) Supervisión y orientación durante un período mínimo de seis (6) meses y mÔximo de doce (12) meses con posterioridad a la colocación. f) Orientación sistemÔtica y referimiento a agencias públicas, privadas y privatizadas con posterioridad a la adopción legal por un año. Posterior a este período y previo solicitud de los padres adoptivos se les ofrecerÔn servicios de orientación y referimiento.
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