Regl. 6110, art. 13-4
Declaración de Política Pública
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Cite as Reglamento Núm. 6110, Art. 13-4
La Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico entiende que
el hostigamiento sexual en el empleo constituye una práctica ilegal y
discriminatoria, contraria a los mejores intereses institucionales, que no
habrá de ser permitida ni tolerada, independientemente del nivel, jerarquía
o posición de las personas que puedan resultar involucradas. Tampoco se
permitirá que persona alguna genere un ambiente de trabajo intimidante,
hostil u ofensivo debido al hostigamiento sexual en cualquiera de sus
modalidades.