Regl. 6110, art. 13-9
Director (a) Recursos Humanos
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Cite as Reglamento Núm. 6110, Art. 13-9
El (La) Director (a) de Recursos Humanos notificará por escrito
simultáneamente al (la) empleado (a) y a su representante laboral o legal
sobre la acción aprobada por el (la) Director(a) Ejecutivo(a), la cual no será
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efectiva hasta haber transcurrido por lo menos cinco (5) dÃas laborables de
haber recibido las partes copia de la notificación. En la notificación se le
advertirá al (la) empleado (a) querellado (a) de su derecho de apelar ante
el foro correspondiente (Negociado de Conciliación y Arbitraje O Junta de
Apelaciones Personal Gerencial, según aplique) dentro del término de cinco
(5) dÃas laborables, contados a partir de la fecha de recibo de la
notificación.