Regl. 6113, art. 15 dup2
CONCESIĆN DE USUFRUCTO A EMPLEADOS PĆBLICOS
Cite as Reglamento NĆŗm. 6113, Art. 15 dup2
QUE DISFRUTAN DE UNA PARCELA EN ARRENDAMIENTO
Todos aquellos empleados pĆŗblicos que poseen una parcela de vivienda
en calidad de arrendatario antes del 1ro de junio de 1980, podrƔn solicitar se
evalué su caso con el propósito de determinar si cualifican para el usufructo de
la parcela a tenor con las disposiciones del Reglamento para la Distribución de
Parcelas y Solares Bajo el TĆtulo V de la Ley de Tierras.