Regl. 6113, art. 18
DEROGACIÓN
Cite as Reglamento Núm. 6113, Art. 18
Se deroga el Reglamento para el Establecimiento y Operación de
Negocios en Comunidades Rurales Establecidas por la Administración del
Departamento de la Vivienda, promulgado por el Secretario de la Vivienda de
Puerto Rico, el dÃa 10 de marzo de 1970.
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