Regl. 2342, art. 1916.72
HERRAMIENTAS ELECTRICAS PORTATILES
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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1916.72
(a) Los marcos de las herramientas eléctricas portátiles y los en seres excepto las herramientas con doble aislación aprobadas por el Underwriters' Laboratories, deberán estar conectados a tierra a través de un tercer alambre
en el cable que contiene los conductores de circuito, 0 a través de un alambre separado que está conectado a tierra
en la fuente de la corriente.
(b) Se deberán inspeccionar los circuitos de conexión a tierra, excepto los que utilicen como tierra la embarcación
donde se estañ usando las herramientas, para asegurarse de que el circuito entfe la conexión a tierra y el conductor de energia tenga una resistencia lo suficientemente baja para permitir que fluya suficiente corriente para
que el fusible o el cortacircuito pueda interrumpir la corriente.
(c) Las herramientas elécricas portátiles manuales deberán estar equipadas con interruptores del tipo que se tiene
que mantener manualmente en la posición cerrada.
(d) No se deberán usar cables eléctricos gastados o deshilachados.
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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES