Regl. 6122, art. 5
POLITICA PUBLICA
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Cite as Reglamento Núm. 6122, Art. 5
Es política pública del Departamento de Salud el contribuir a combatir el grave
problema del uso ilegal de sustancias controladas en Puerto Rico, mediante la
implantación de un programa de pruebas para la detección de sustancias
controladas en funcionarios y empleados de esta agencia, así como la
implantación de un sistema complementario de referimiento para orientación,
tratamiento y rehabilitación de las personas así afectadas, a fin de poder cumplir
con el mandato establecido en la Ley Núm. 5 de 14 de octubre de 1975, según
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enmendada, conocida como Ley de Personal del Servicio Público, y nuestro
Reglamento de Personal, al efecto de que todos los funcionarios y empleados del
Gobierno deberán estar física y mentalmente capacitados para desempeñar las
funciones de sus respectivos puestos, a la vez que se protege la salud y la seguridad
de estos servidores públicos.