Regl. 6122, art. 5

POLITICA PUBLICA

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Cite as Reglamento Núm. 6122, Art. 5

Es política pública del Departamento de Salud el contribuir a combatir el grave problema del uso ilegal de sustancias controladas en Puerto Rico, mediante la implantación de un programa de pruebas para la detección de sustancias controladas en funcionarios y empleados de esta agencia, así como la implantación de un sistema complementario de referimiento para orientación, tratamiento y rehabilitación de las personas así afectadas, a fin de poder cumplir con el mandato establecido en la Ley Núm. 5 de 14 de octubre de 1975, según 2 enmendada, conocida como Ley de Personal del Servicio Público, y nuestro Reglamento de Personal, al efecto de que todos los funcionarios y empleados del Gobierno deberán estar física y mentalmente capacitados para desempeñar las funciones de sus respectivos puestos, a la vez que se protege la salud y la seguridad de estos servidores públicos.
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