Regl. 6129, art. IV-9

Otras Consideraciones

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Cite as Reglamento Núm. 6129, Art. IV-9

A. En caso de que el arrendamiento sea una entidad gubernamental O entidades sin fines de lucro, el costo de uso de la sala en sí, esto es, Sala Sanromá, Teatro Programas Especiales y el Salón del Coro y Salón de Baile, podrá ser de hasta un 25% menor que el costo establecido, siempre que el canon cobrado sea suficiente para cubrir los costos. B. El costo por concepto de uso de otras áreas como los salones, sala de conferencias, estudios y otros, se fijará dependiendo del tamaño del grupo, el propósito de la actividad y el tiempo a ser utilizadas. C. Será responsabilidad del arrendatario el presentar un seguro de responsabilidad pública con cubierta sobre lesiones corporales por ocurrencia de $300,000 y daños a la propiedad por $50,000 previo a la actividad a llevarse a cabo, donde se protejan, tanto los intereses del Conservatorio como los del arrendatario. D. El arrendatario reservará diez localidades y las entregará al Decano de Administración del Conservatorio, las cuales podrán ser distribuidas entre sus estudiantes, maestros y empleados O a cualquier persona relacionada con la institución. Estos boletos son para cada función que lleve a cabo y deben entregarse con cinco días de antelación a la primera función. E. El arrendatario será responsable por la perdida O daño de equipo O materiales alquilados, los cuales conllevan la preparación de recibos de propiedad. F. Se exige del arrendatario un anticipo mínimo del veinticinco por ciento (25% del costo total del alquiler de la actividad. Este anticipo no será reembolsable cuando falten (15) días O menos para la celebración de la actividad, toda vez que no le brinda el tiempo suficiente al Conservatorio para alquilar el espacio nuevamente. Este anticipo será acreditado al costo total del alquiler de la actividad, de llevarse a cabo la misma. G. Los pagos por concepto de alquiler de espacio se harán en cheque certificado, giro postal O bancario O dinero en efectivo a favor de la Corporación del Conservatorio de Música de Puerto Rico. H. No habrá costo de alquiler alguno para la facultad, estudiantes y ex-alumnos, siempre y cuando la actividad a llevarse a cabo no sea lucrativa. 4
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